EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE VALÈNCIA APRUEBA UNA DECLARACIÓN INSTITUCIONAL PARA INSTAR AL GOBIERNO CENTRAL A REGULAR LA SITUACIÓN DEL PERSONAL INTERINO APLICANDO LAS SENTENCIAS DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA.

26 febrero, 2021

València, 25 de febrero de 2021

El colectivo de Interin@sVLC por la #Fijeza comunica que tras diversas reuniones mantenidas el 18/02/2021 con el Grupo Ciudadanos, el 19/02/2021 con el Grupo Popular y el Grupo VOX, y el 22/02/2021 con el Grupo Socialista, a todos los cuales presentamos, siguiendo el ejemplo de la aprobada en el Ayuntamiento y la Diputación de Sevilla, una propuesta de DECLARACION INSTITUCIONAL DE APOYO AL PERSONAL MUNICIPAL INTERINO DE LARGA DURACIÓN, el día 23/02/2021, mediante videoconferencia, Luisa Notario, Concejala de Personal del Grupo Compromís, nos comunicó la intención de su grupo y del Grupo Socialista de presentar una Moción propia del Gobierno municipal para consensuar una Declaración Institucional de apoyo a l@s interin@s, cuyo texto nos facilitó.

Desde el colectivo Interin@sVLC por la #Fijeza agradecemos a Compromìs, PSOE-PSPV, PP, Ciudadanos y VOX, su disposición a encontrar soluciones a la grave situación del colectivo de interin@s, tras años de precariedad en este Ayuntamiento. Según datos que facilitó a la prensa la propia Corporación, en el Ayuntamiento de València hay 1.461 personas interinas de un total de 5.049 plazas ocupadas, lo que supone un 28,94 por ciento.

Del texto de la Declaración aprobada destacamos que se hace mención expresa a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del 19 de marzo de 2020, número C-103/18 y acumulada C-429/18 2020, sentencia que ha acabado con el argumento invocado por las autoridades españolas, que negaban la existencia de abusos en nuestro país. La sentencia, en sus apartados 71 y 75 deja claro que los abusos contrarios a la Directiva 1999/70/CE se producen cuando se destina a empleados públicos temporales a atender necesidades que, de hecho, no son provisionales, esporádicas, puntuales, excepcionales o coyunturales, sino que son ordinarias, estables y permanentes, cubriendo el empleador, en este caso el Ayuntamiento, con personal temporal sus necesidades estructurales en materia de personal, al no disponer de suficientes funcionarios fijos o de carrera. La sentencia en sus apartados 97 a 101 indica expresamente que la organización de procesos selectivos o de estabilización para cubrir de manera definitiva las plazas ocupadas por el personal publico temporal, no se ajusta a la Directiva 1999/70, ni para prevenir el abuso de la temporalidad, pues su convocatoria dependería de la arbitrariedad del Ayuntamiento-empleador causante del abuso, ni para sancionar estos abusos y eliminar las consecuencias de la infracción del Derecho de la Unión, ya que su aplicación ni tiene efecto negativo para el Ayuntamiento como empleador (apartado 97), ni supone una compensación para las víctimas del abuso, en la medida en que el resultado de los mismos es incierto, al estar tales procesos selectivos abiertos a otros candidatos que no han sido víctimas del abuso, que pudieran participar en el mismo.

En este sentido, el colectivo Interin@s por la #Fijeza agradece a todos los grupos políticos de la Corporación que hayan apoyado de manera unánime una Declaración Institucional de apoyo a los interinos e interinas que se encuentran en abuso de temporalidad (más de tres años), en cuya parte dispositiva expresamente se dice lo siguiente: “(…) instar a los poderes públicos competentes a que realicen de manera urgente las modificaciones normativas pertinentes del Estatuto Básico del Empleado Público (…) con el fin de dar cumplimiento de aquello que declara la nombrada Sentencia del Tribunal de Justicia de Justicia de la Unión Europea.